jueves, 29 de mayo de 2014

FORMATO DE REGISTRO DE ATENCIÓN PREHOSPITALARIA

FORMATO DE REGISTRO DE ATENCIÓN  PREHOSPITALARIA

El FRAP es un documento oficial, cuyo llenado es obligatorio para todo aquel establecimiento de Atención Médica en Unidades Móviles tipo Ambulancia, conforme a lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-020-SSA1-1998 “REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD. ATENCIÓN PREHOSPITALARIA DE LAS URGENCIAS MÉDICAS.”

Este documento tiene como objetivo permitir al responsable de su llenado inscribir de manera precisa los datos más relevantes que se requieren para la toma de decisiones en el traslado prehospitalario ante una situación de urgencia médica.

El FRAP deberá constar de un original y dos copias, los cuales serán entregados de la siguiente manera: el formato original se entregará en el hospital receptor (el cual deberá ser incluido en el expediente clínico del paciente); una copia será para la institución prehospitalaria que realizó la asistencia y otra copia para el Centro Regulador de Urgencias Médicas, (las cuales servirán como constancia del servicio otorgado).

Se debe realizar los siguientes puntos para realizar un FRAP completo:
*      El FRAP será individual para cada paciente asistido; es decir, por cada lesionado se tendrá que llenar un formato. 
*      El responsable de llenado deberá recabar el mayor número de datos del paciente asistido, de lo contrario tratará de obtener información de los familiares o de las personas que se encuentren cerca del incidente.
*      El FRAP deberá contar con los nombres y firmas del personal que entrega y que recibe al paciente lesionado, de lo contrario no tendrá validez.
*      Es importante señalar que toda aquella intervención o maniobra que se realice en el paciente asistido por el personal prehospitalario, deberá ser registrada en el FRAP de manera obligatoria
Que conforma al formato FRAP
*      Folio
Se deberá anotar en el borde superior derecho del FRAP y corresponde al número consecutivo de formato asignado dentro de una serie de formatos y cada paciente atendido tiene que tener una hoja de registro como esta. Este número de folio sirve para identificar al paciente o al servicio proporcionado.
*      Código de recepción
El espacio siguiente tiene su lugar sobre el margen derecho del FRAP y será llenado con el número ó código proporcionado por el Centro Regulador de Urgencias Médicas, esto significa que la atención médica prehospitalaria y hospitalaria de ese paciente es controlada por el Centro Regulador de Urgencias Médicas de la Entidad y quedará registrado en las estadísticas de este Centro.
*      Datos del servicio
Fecha: su llenado será totalmente con números arábigos en el siguiente orden: día, mes y año, dentro de los cuadros correspondientes.
Ambulancia: datos de la ambulancia que hará el servicio, consta de dos espacios: en uno se colocará el número económico de la ambulancia y/o el número de placa, en el siguiente el nombre o siglas de la institución a la que pertenece la unidad.
Tipo de servicio: Servicio que proporcionará la ambulancia, el cual sólo puede ser de traslado cuando la unidad cumpla la función de trasladar a un paciente de manera programada y de urgencia cuando la unidad realice una atención de emergencia.

El tipo de servicio que se realice será registrado con una “X”, de acuerdo al tipo de servicio brindado.
 Cronometría: Este sitio da referencia del tiempo en que se realizó todo el servicio, desde la hora en que se recibió la llamada solicitando el servicio, hasta el momento en que la unidad quedó liberada de la atención.
Este apartado está compuesto por seis espacios, a los que se les asignó una letra del alfabeto y su significado es el siguiente:

A Hora de aviso del incidente.
B Hora de partida de la ambulancia de su base.
C Hora de arribo al sitio del servicio.
D Hora de salida del sitio de servicio
E Hora de recepción en la unidad hospitalaria.
F Hora en que la unidad quedó libre del servicio.

Operador: se anotará el nombre del operador de la ambulancia, es decir del chofer.
 Jefe del servicio: se escribirá el nombre del Técnico en Urgencias Médicas o del Médico que será responsable del servicio; es decir la persona que dirige ya sea el traslado o la urgencia y quien deberá firmar el FRAP como responsable de lo que suceda durante el servicio con el paciente.
 TUM. 1 y TUM. 2: se anotarán los nombres de los Técnicos en Urgencias Médicas que asisten en la ambulancia durante el servicio.
Ubicación del servicio: En este espacio se registrará el domicilio o lugar en donde se proporciona la atención al lesionado en el siguiente orden: tramo carretero o la calle, el número exterior de la casa o del edificio, el número interior, la colonia, delegación, municipio y entidad de que se trate.
             
*      DATOS DEL PACIENTE
 Nombre del paciente: Registrar en el espacio correspondiente el nombre completo del paciente iniciando por el apellido paterno, materno y finalmente el nombre o los nombres.
Edad: En este renglón anotará en años, meses o días, según corresponda, para la edad cronológica del paciente asistido.
Sexo: Se deberá marcar con una “X” el sexo del paciente: sobre la M para el género masculino y en la F para el género femenino.
Dirección: En este apartado se deberá inscribir el domicilio de residencia del paciente asistido en el siguiente orden: nombre de la calle, número exterior de la casa o del edificio, número interior, colonia, delegación, municipio y entidad de que se trate. 
 Teléfono: En este rubro anotará el número telefónico del domicilio de la víctima o de la casa de los familiares que estén interesados en el estado de salud de su familiar y lo hará solicitando el número de la LADA y posteriormente el de la vivienda.
Ocupación: Aquí registrará la ocupación actual del paciente asistido Ejemplo: maestro, comerciante, plomero.
 Derechohabiente: Registrar en este rubro si el paciente tiene derecho a un tipo de servicio médico.
Ejemplo: IMSS, ISSSTE, DIF, PEMEX, SEDENA, MARINA, SEGURO POPULAR o algún hospital privado.
Lugar de ocurrencia: Identificar el sitio donde ocurrió el incidente. Las opciones serán marcadas con una “X”: hogar, escuela, trabajo, recreación y deporte y vía pública.
*   
   ANTECEDENTES PATOLÓGICOS

En este rubro se registrarán los antecedentes patológicos de importancia del paciente asistido y han sido agrupados de la siguiente manera:
 CARDIOVASCULARES: Comprende todos aquellos padecimientos que tienen su origen en el aparato cardio-circulatorio es decir corazón, venas, arterias, linfáticos, sangre, etc.
METABÓLICOS: En este grupo se incluyen todas aquellas enfermedades que ponen en desequilibrio la homeostasis, donde principalmente se ven involucrados las glándulas y sus hormonas.
NEUROLÓGICO: Hace referencia a todos aquellos padecimientos que tengan su origen en el sistema nervioso, ya sea central o periférico. Se engloban las enfermedades de las meninges, cerebro, encéfalo, tallo cerebral, bulbo, ventrículos, medula espinal y raíces espinales.
ALÉRGICOS: Hace referencia a todos aquellos antecedentes en el que se encuentra involucrada alguna reacción de tipo alérgica y participan el huésped y el agente alérgeno, debidamente identificado en una reacción atópica del sistema inmune.
*      ANTECEDENTES CLINICOS
 Este espacio fue diseñado para anotar los antecedentes del evento actual, es decir las circunstancias en torno al paciente asistido.
 Causa de la urgencia
En este apartado se define el motivo de la urgencia, en el que se identifican dos opciones, la traumática y no traumática y deberá marcar con una “X” el cuadro correspondiente.
 TRAUMÁTICA: Es aquel acontecimiento en el cual se ve involucrado un intercambio de energía entre una fuerza externa y el cuerpo humano, donde el resultado final son lesiones traumáticas en los pacientes.
NO TRAUMÁTICA: Es el acontecimiento en el cual no se ve afectado el paciente en intercambios de energía que generen lesiones e involucra todas aquellas instancias patológicas ajenas al trauma.

Especificar (Causa de la urgencia) Se escribirá el motivo especifico por el cual se presta la atención prehospitalaria.
 Cinemática del trauma En este espacio usted determinará los mecanismos físicos que causaron la lesión, donde tendrá que definir:

Trauma cerrado ó abierto.
El tipo de evento traumático.
Una estimación del intercambio de energía.
La colisión o impacto del paciente con el objeto.

*      EXPLORACIÓN FÍSICA
 En este apartado se deberán anotar las constantes vitales del paciente asistido y la hora en que fueron tomadas:
HORARIO en este espacio se anotará la hora en que las constantes vitales fueron tomadas y se hará nombrando el numero de hora y minuto que corresponde.
v  Frecuencia respiratoria (se reportara el numero de respiraciones por minuto). FR
v  Frecuencia cardiaca (se reportara el numero de palpitaciones del corazón por minuto). FC
v  Tensión arterial (se reporta la presión sistólica y diastólica en milímetros de mercurio) TA
v  Temperatura (reportar la temperatura en grados centígrados) TEMP
v  Oximetría de pulso (se reportará en porcentaje de saturación de oxígeno arterial por oxímetro de pulso) OXI
v  Glasgow (reportar el numero derivado de las calificaciones sumadas durante la escala de coma de Glasgow)
v  Llenado capilar. Señalar si es adecuado, deficiente o ausente.
Pupilas
Los siguientes espacios se destinan para anotar el resultado de la evaluación rápida del estado de las pupilas, analizando su simetría, su diámetro y su actividad refléxica, de la siguiente manera:

v  Marcará con una”X” en el espacio correspondiente si las pupilas son iguales o desiguales.
v  Marcará con una “X” el espacio que se muestra como no reactivas, cuando después de estimular
v  las pupilas no tienen ninguna respuesta refleja.
v  Especificar las características de la condición de las pupilas.
 Piel
Especificar color: ( normal, cianosis, marmorea); condiciones de humedad (seca, turgente,) temperatura (caliente, tibia o fría).

SITIO AFECTADO
 Esta parte del formato hace referencia de manera ilustrativa del sitio en que se localizan las diferentes lesiones o patologías del paciente asistido y consta de:
 la figura de un cuerpo humano, vista su anatomía desde los planos anterior y posterior, donde el TUM tendrá que identificar la ubicación de la y/o patología y referenciar con una línea en relación con el recuadro con los diferentes eventos traumáticos y patológico numerados del uno al siete.

1. HERIDA TRAUMÁTICA ( herida punzo cortante, por arma de fuego, laceración, desgarre)
2. HEMORRAGIA
3. CONTUSIÓN
4. QUEMADURA (marcar la superficie corporal quemada)
5. FRACTURA, LUXACIÓN, ESGUINCE
6. PICADURA, MORDEDURA
7. OTROS
 Enfermedad o condición, se marcará con una “X” la condición de la persona que recibe la atención
*      MANEJO

El siguiente apartado corresponde al manejo médico inmediato proporcionado por el TUM durante el servicio, los espacios donde se hará referencia están en orden de prioridades, conforme al soporte básico de vida.
 Manejo de vía aérea
Manejo de la ventilación
Manejo de la circulación.
Líquidos endovenosos.
Fármacos:
Inmovilización
Observaciones
Se anotarán los comentarios y aspectos que no hayan sido considerados en el FRAP.
*      JUSTIFICACIÓN DE PRIORIDAD

CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
Este espacio está diseñado para ilustrar de acuerdo a los lineamientos del Triage internacional, (LESIONADOS MULTIPLES ó HERIDOS EN MASA) la prioridad del paciente lesionado, de acuerdo a la cromocodificación existente y de acuerdo a la clasificación realizada deberá ser el traslado y su recepción hospitalaria.
Deberá marcar con una cruz el nombre del color que usted considere como la prioridad que tiene el paciente asistido.
 ROJO AMARILLO VERDE NEGRO
 Rojo Paciente grave
En inminente peligro de morir.

Amarillo Paciente con sistema vital lesionado
pero estable
pone en peligro su vida
Verde Paciente que presenta lesiones leves y no tiene peligro de perder la vida.  Negra Las condiciones del paciente no son compatibles con la vida
o el paciente ha fallecido antes  de auxilio.


*      RECEPCIÓN DEL USUARIO

 Lugar de recepción (unidad médica, hospital, hogar, otro). En este apartado se deberá anotar el nombre completo del hospital receptor del paciente asistido, en él deberá incluir el nombre, la institución a la que pertenece y el municipio o localidad donde se encuentra.
Médico o responsable que recibe
Este renglón será para anotar el nombre completo del médico o responsable que recibe al paciente asistido en la unidad hospitalaria receptora y su firma.
  Responsable de la atención
En este renglón será para anotar el nombre completo del médico o responsable que realiza la entrega del paciente asistido en la unidad hospitalaria y su firma.


lunes, 26 de mayo de 2014

LEYES QUE AVALAN A LOS VOLUNTARIOS QUE PRESTAN AUXILIO EN SITUACIONES DE EMERGENCIA

LEYES QUE  AVALAN A LOS VOLUNTARIOS QUE PRESTAN 
AUXILIO EN SITUACIONES DE EMERGENCIA





















Comenzare con un poco de historia,para facilitar el entendimiento del tema.
La ley que fue conocida y aprobada en 1979 como la ley del buen samaritano que es también la legislación de Missouri conformada por las secciónes  44.023 RSMo para voluntariado del Estado no se hace responsable de cualquier acto durante su periodo de voluntario ; El  537.037 RSMo protege a profesionales de salud y ciudadanos que presenta servicios hasta la formación que han aprendido y  190.092 RSMo apar fomentar formación de dispositivos para salvar la vida,  para dar un respaldo a los profesionales que actuaran para socorrer a individuos en necesidad de atención de emergencia.
Esta  ley se ha actualizado para proteger a los individuos que prestan atención a las emergencias, abarca a profesionales de salud fuera de servicio, paramedicos que han concluido con la formación especifica en emergencias como primeros auxilios, RCP a través de  institución certificada, médicos, enfermeras, etc.
Las clausulas de protección fuera de servicio alienta a los profesionales de la salud para  brindar servicios de forma voluntaria, en buena fe y sin interés alguno. No protege a quienes asisten una situación de emergencia mientras trabajan en su cargo profesional.
La ley se actualizó en el 2005


ACTUALMENTE  EN PUEBLA- MÉXICO la ley a la que se le otorga esta validez para proteger y administrar sobre las obligaciones y derechos que tienen los voluntarios de emergencia es:


REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL
Públicado el 13 de mayo del 2014


En el cual esta en el capitulo siguiente toda la informacón nesecaria para avalar el actuar  a un voluntario en emergencia.
Capítulo IV
De los Grupos Voluntarios

Artículo 8. El registro de Grupos Voluntarios a que se refiere el artículo 51 de la Ley, constituye uno de los elementos para lograr la coordinación entre el gobierno y la sociedad, que permita fomentar la participación social referida en la Ley.

Un Grupo Voluntario tendrá el carácter de nacional cuando pueda atender Emergencias en cualquier  parte del país y el carácter de regional cuando atienda a dos o más entidades federativas colindantes.

Artículo 9. El registro de Grupos Voluntarios de carácter nacional o regional se hará ante la
Secretaría, de conformidad con lo que establece el artículo 51 de la Ley. Dicho registro, será gratuito y la solicitud se realizará a través de un sistema electrónico de captura y almacenamiento de datos,
administrado a través de la página web de Protección Civil de la Secretaría que deberá proteger los datos  personales en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 10. El Grupo Voluntario para obtener su registro ante la Secretaría, deberá presentar, de
manera electrónica, los siguientes documentos:

I. Acta constitutiva protocolizada ante notario público;

II. Comprobante de domicilio para recibir notificaciones, con una antigüedad máxima de dos meses;

III. Documento que acredite la personalidad del representante legal;

IV. Directorio del Grupo Voluntario que incluya: nombre de cada integrante; números telefónicos para  localización y correos electrónicos y, destacar los datos de localización del presidente o del
representante legal y enlaces operativos;
V. Documentos que acrediten que están debidamente capacitados para desempeñarse en la
materia y que cuentan con la certificación emitida por alguna autoridad o institución pública o
privada relacionada con la materia.

Los documentos que pueden presentar para acreditar la capacitación de los Grupos Voluntarios
podrán ser, entre otros, los siguientes en materia de Protección Civil:

a) Constancia otorgada por haber acreditado los cursos o cursos-talleres básicos referentes a la
actividad teórica o teórico-práctica de conocimientos básicos, habilidades y destrezas o la
actualización de los ya existentes en una temática específica;

b) Diploma otorgado por haber acreditado los cursos avanzados o cursos-talleres avanzados
referentes a la actividad teórica o teórico-práctica para profundizar los conocimientos,  habilidades y destrezas en un área específica;
c) Diploma otorgado por haber acreditado un diplomado sobre un área específica de Protección
Civil, o

d) Constancia que acredite la participación en otras actividades, eventos, congresos, jornadas o
seminarios, así como otras actividades o metodologías de enseñanza y aprendizaje, y

VI. Bitácora, en caso de haber participado en situaciones de Emergencia o Desastre de carácter
nacional o regional, la cual deberá contener la cantidad y tipo de servicios atendidos por
especialidad; una descripción de actividades operativas realizadas; la cantidad de elementos
asignados, así como el lugar, la evaluación del servicio voluntario y la forma de coordinación con
las autoridades de Protección Civil.

Los documentos expedidos por autoridades en otros países, deberán estar apostillados o legalizados, así como traducidos, en caso de que estén en idioma distinto al español.

Artículo 11. La Secretaría analizará la solicitud de registro y los documentos señalados en los
artículos anteriores, y en caso de faltar datos en la solicitud o documentos, la Secretaría notificará al  Grupo Voluntario solicitante señalándole lo conducente para continuar con el trámite.

Una vez subsanadas las inconsistencias a que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría emitirá la
constancia del registro nacional o regional según corresponda.

Asimismo, cuando los Grupos Voluntarios no cubran los requisitos o documentos a que se refieren los artículos anteriores, la Secretaría otorgará una constancia de negación del registro.

Artículo 12. Los Grupos Voluntarios registrados deberán:

I. Actualizar sus datos de manera permanente a través del sistema electrónico a que se refiere el
artículo 9 del presente Reglamento, y

II. Informar dentro de los primeros treinta días naturales de cada año, las actividades realizadas
durante el año inmediato anterior.

El incumplimiento de las obligaciones a que se refiere este artículo implica la suspensión temporal de dicho registro, en tanto la omisión no sea subsanada.

Artículo 13. Los Grupos Voluntarios registrados podrán coadyuvar en acciones de Protección Civil,
siempre y cuando:

I. Se coordinen y sujeten al mando que disponga la autoridad de Protección Civil en caso de
Riesgo Inminente, Emergencia o Desastre;

II. Su actividad no persiga fines de lucro, políticos, religiosos o cualquier otro objetivo ajeno a la
Protección Civil;
III. Utilicen para el servicio que presten, vehículos debidamente registrados ante las autoridades
administrativas correspondientes, y con las características técnicas que al efecto se señalen en
las disposiciones jurídicas aplicables, y

IV. Eviten el uso de la imagen institucional del emblema distintivo del Sistema Nacional, en fistoles,
galardones, escudos y bandas de uso reservado para las fuerzas armadas o de seguridad
pública o privada.






domingo, 25 de mayo de 2014

números de emergencia y hospitales de tercer nivel


BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA


FACULTAD DE MEDICINA


LICENCIATURA EN FISIOTERAPIA


TÉCNICAS DE EMERGENCIA EN FISIOTERAPIA


INVESTIGACIÓN DE NÚMEROS DE EMERGENCIA Y HOSPITALES DE TERCER NIVEL


CLAUDIA FIGUEROA


ROSENDA MONSERATT LÓPEZ CAPILLA


1:00 PM- 2: 00 PM




NÚMEROS DE EMERGENCIA
AL-ANON para Ayuda de Familiares de Alcohólicos 
(222) 242.22.97
Alcohólicos Anónimos Cristo Rey 
235.88.35
Bomberos Delegación Madero 
(222) 224.55.64
Bomberos Delegación Zapata 
(222) 241.15.70
Bomberos Delegación Zavaleta 
(222) 284.59.37
Bomberos Estación central 
(222) 245.73.92 
(222) 245.69.65 
(222) 245.77.99
Bomberos Estación Defensores 
(222) 242.39.90
Bomberos Estación México 68 
(222) 282.61.18
Bomberos Estación Xochimehuacán 
(222) 288.45.93
Centro Antirrábico Municipal S.S.A Valsequillo 
(222) 244.96.73
Centro Antirrábico Municipal S.S.A Zona norte 
(222) 220.15.94
Centro Antirrábico Municipal S.S.A Zona Sur 
(222) 245.01.10
Centro de Capacitación contra la Contaminación Ambiental Vehicular
A.C. 
044.22.34.82.95
Centro de Integración Juvenil-Prevención y Tratamiento de Adicciones 
C.P. 72410 
(222) 232.93.72
Cruz Roja 
(222) 213.77.04 
(222) 234.00.00
CRUZ ROJA Urgencias              
(222) 213.77.02
Denuncia Anónima
089


D.I.F. Estatal 
(222) 229.52.00
Dirección de Vialidad Estatal 
(222) 228.77.68 
(222) 228.77.69 
(222) 228.77.22 
(222 )228.79.46
Directorio Nacional  24 horas
040
Incendios Forestales 
01800.066.77.100
Policía Auxiliar 
(222) 288.18.64
Policia Federal de Caminos, Destacamento Puebla 
(222) 235.76.00
Procuraduría de la Defensa del  Menor, la Mujer y la Familia 
(222) 229.52.70
Procuraduría Federal del Consumidor 
(222) 246.13.00 
(222) 246.15.22 
(222) 246.19.15
Radio Patrullas de la Policia Estatal 
(222) 232.66.67
Rescate y Primeros Auxilios de Puebla 
(222) 222.15.47 
(222) 222.21.30
Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Estado 
(222) 229.06.0
Secretaría de Marina Armada de México 
Marque desde
TELCEL *SOS MARINA
767 267 462
Servicio Espiritual Nocturno 
(222) 237.42.00
Sistema estatal de respuesta inmediata
066
Tel Mujer tu Línea Amiga 
075
Participación ciudadana y emergencias 060
PROCURADURIA GENERAL DEL CONSUMIDOR
52- 222- 246 13 00
52- 222-246  18 11
52- 222-246  15 2
52- 222-246  17 60
Procuraduria General de Justicia
(222) 211.78.00


HOSPITALES DE ESPECIALIDAD EN PUEBLA Y MÉXICO

Unidades medicas de alta especialidad (UMAE´S) en México

Hospital de traumatología y ortopedia 
Unidad de medicina Física y Rehabilitación Norte
Hospital de cardiología CMN siglo XXI
Hospital México Americano en Jalisco
Hospital de especialidades núm 2 
Hospital de especialidades núm 14
Hospital de especialidades núm 1 CMN 
hospital de traumatología y ortopedia CMN gral. Div. manuel ávila Camacho
Hospital de especialidades CMN Gral. manuel ávila Camacho
Hospital de especialidades núm 71
hospital de gineco obsteticia núm 23 ignacio morrones prieto
hospital de traumatologia y ortopedia núm 21
Hospital de especialidades núm 25
Hospital psiquiatrico 22 CMN del noreste
Hospital de cardiología 34 CMN del noreste
Hospital de especialidades la raza CMN
Hospital  general Dr. gaudencio 
hospital de oncología CMN siglo XXI 
Hospital de pediatría CMN siglo XXI
Hospital de especialidades CMN occidente lic. Ignacio Garcia Tellez 

Hospital de gineco pediatría Núm. 48

Hospital de especialidades núm. 1


                                  Hospitales de alta especialidad en puebla 

Hospital puebla

Hospital Regional de Alta Especialidad Puebla

Hospital de Alta Especialidad ISSSTE


IMSS puebla

Hospital para el niño poblano


Hospital  beneficencia Española de Puebla


Hospital de la mujer

hospital Betania

Hospital general zona sur

Hospital general zona norte

Para mayor información sobre hospitales de  segundo y tercer nivel puede seguir este link……